Estándares de buenas prácticas de hipoteca inversa

El Consejo Español de Hipoteca Inversa ha establecido unos estándares de calidad que afectan a los productos y a los procedimientos de contratación que van más allá de los establecidos por la Ley con el objetivo de dotar de la máxima transparencia y seguridad al mercado de HIs en España. El cumplimiento de estos estándares permitirá obtener el sello de calidad del Consejo Español de HI.

Estándares de calidad y buenas prácticas

CEHI-1

Los productos de hipoteca inversa serán productos que permitirán que los clientes vivan y disfruten de sus casas de por vida.

CEHI-2

El contratante de un producto de hipoteca inversa podrá mantener la propiedad de su vivienda de por vida.

CEHI-3

Los herederos podrán decidir libremente si desean mantener la propiedad de la vivienda, haciendo frente al pago de lo adeudado en un pago único o constituyendo una nueva hipoteca por el importe adeudado.

CEHI-4

La entidad prestataria no podrá exigir la devolución de lo prestado hasta después del fallecimiento del prestatario, es decir, la deuda será exigible solo a sus herederos (que antes habrán heredado la casa).

CEHI-5

Al vencimiento de la operación, si la deuda generada supera el valor de inmueble, el acreedor solo podrá ir contra la masa hereditaria pero NUNCA contra el patrimonio preexistente de los herederos.

CEHI-6

En la hipoteca inversa debe ser la cancelación anticipada voluntaria por la parte acreditada. La parte acreedora informará clara y previamente del coste de la cancelación anticipada.

CEHI-7

Los proveedores de Hipoteca Inversa pueden ofrecer una gama de condiciones diferentes, incluyendo el pago de intereses, intereses acumulados hasta vencimiento, a tipo fijo de por vida o por un plazo, o tipos variables. En caso de ofrecer un producto con un tipo de interés variable, los clientes preferiblemente deberán disfrutar de un techo de tipo, y en caso de que no lo disfruten, deberán ser informados del impacto de no tenerlo, facilitándoles cuadros de evolución de la deuda en tres escenarios de tipos.

CEHI-8

Los proveedores deberán facilitar información relativa a la evolución de la deuda de forma clara y previa a la contratación del producto, así como su comparación con el valor estimado de la vivienda en diferentes escenarios de revalorización inmobiliaria y el resultado del patrimonio neto de los clientes en diferentes momentos en el tiempo.

CEHI-9

Los proveedores deben asegurarse de que toda la información del proveedor a los clientes y el proceso de contratación se facilite por profesionales competentes y especializados en el producto.

CEHI-10

Los proveedores suministrarán a los clientes un servicio de asesoramiento independiente que garantice la idoneidad del producto ofertado a cada usuario que se acreditará documentalmente.